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Orden de 14 de abril de 2026, ayuda en régimen de conc.no comp.,a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución habitacional a víctimas de violencia de género,personas objeto de desahucio de su vda.habitual,personas sin hogar y vulnerables

Título oficial: «Orden de 14 de abril de 2026, ayuda en régimen de conc.no comp.,a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución habitacional a víctimas de violencia de género,personas objeto de desahucio de su vda.habitual,personas sin hogar y vulnerables»

Plazo para pedirla

Abierta · plazo en las bases

Se puede pedir desde el 30 de abril de 2026.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Entidades sin ánimo de lucro
Dónde
Toda Andalucía
Quién la convoca
Consejería de Fomento Articulación del Territorio y Vivienda
Presupuesto total
2.200.000 €
Beneficiarios según la convocatoria
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Cómo pedirla

  1. Lee las bases para comprobar que cumples los requisitos y qué documentos necesitas.
  2. Entra en la convocatoria oficial y presenta la solicitud.
  3. Guarda el justificante de presentación.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones, código BDNS 898965. Comprobado el 27/10/2026. AyudasCerca no tramita solicitudes; la información válida es la de la convocatoria oficial.